finomo.

Condiciones de prestación de servicios Finomo

Texto íntegro de las condiciones que regulan la suscripción a la plataforma Finomo. Forma parte del expediente contractual junto con la Hoja de servicio y anexo económico, los Anexos operativos, la Política de privacidad, la Política de cookies y el Acuerdo de encargo del tratamiento de datos. Las referencias a la «hoja» remiten a la Hoja de servicio y anexo económico; las referencias a «anexos» remiten a los Anexos operativos.

1. Prestador, naturaleza del servicio y contratación

1.1 Prestador. Evgenii Ustinov, profesional autónomo bajo la marca Finomo, NIF Z2074293C, Juan Caturla Gosalvez 2, 03005 Alicante, España. Soporte y reclamaciones: support@finomo.es. Datos personales: gdpr@finomo.es.

1.2 Naturaleza del servicio. Finomo desarrolla y explota una plataforma de software de facturación y de preparación de declaraciones tributarias a la que el cliente accede por suscripción. La plataforma prepara los borradores automáticamente a partir de los datos y documentos que aporta el cliente, aplicando las reglas codificadas en el software; el cliente revisa y aprueba cada declaración. Finomo no presta asesoramiento fiscal, contable ni jurídico, no valora la situación tributaria del cliente ni sus decisiones y no formula recomendaciones sobre su caso. El prestador no se presenta como gestor administrativo colegiado, abogado, auditor ni asesor fiscal.

1.3 Actuación ante la AEAT. La vía prevista para que Finomo transmita declaraciones por cuenta del cliente es el apoderamiento inscrito en el Registro de Apoderamientos de la AEAT, suficiente para el trámite concreto, con aceptación del apoderado cuando corresponda, certificado válido, canal comprobado y la comprobación de identidad de la cláusula 6.1. La aprobación de cada declaración por el cliente es la orden de su transmisión: con apoderamiento inscrito y suficiente, Finomo transmite a la AEAT, con su certificado electrónico y por el canal oficial disponible para ese modelo, exactamente la versión aprobada, sin intervención humana sobre su contenido y sin alterarla. Sin apoderamiento, Finomo no actúa en representación del cliente: la plataforma le facilita el fichero de la declaración aprobada en el formato de presentación de la AEAT, con instrucciones generales, y el cliente la presenta por sí mismo. Finomo prevé ofrecer en el futuro aplicaciones de escritorio y móvil desde las que el cliente podrá transmitir directamente con su propio certificado, sin cederlo a Finomo; esa vía no está disponible hoy y no forma parte de esta suscripción.

1.4 Distinción de actos. Son actos distintos y ninguno sustituye a otro: (i) la contratación de la suscripción; (ii) la inscripción de un apoderamiento ante la AEAT; (iii) la aprobación de una declaración concreta, que constituye la orden de su transmisión; (iv) la autorización de cobros. Finomo no realiza ningún acto que requiera uno de estos elementos sin que conste otorgado.

1.5 Expediente contractual. El servicio, sus condiciones económicas y su calendario se describen en estas condiciones y en la hoja; los datos concretos de cada pedido (identificación del cliente, fecha de activación, importe inicial, fechas de cobertura y renovación) se muestran en el proceso de contratación y en la confirmación. El expediente incluye estas condiciones, las Condiciones de uso y contratación, la hoja, los anexos, la Política de privacidad, la Política de cookies y el Acuerdo de encargo del tratamiento, así como los documentos de representación cuando existan. Una condición particular expresamente acordada prevalece sobre la general que modifique, respetando las normas imperativas. La información de privacidad no equivale por sí sola a un consentimiento para cualquier tratamiento.

1.6 Proceso de contratación electrónica. La contratación se realiza en la plataforma en los siguientes pasos: (1) selección de la modalidad mensual o anual; (2) presentación de los documentos del expediente, con indicación de su versión y posibilidad de descarga; (3) aceptación expresa y separada de (i) las condiciones y la hoja y (ii) la solicitud de inicio inmediato de la cláusula 8.3; (4) confirmación mediante el botón «Contratar con obligación de pago»; (5) envío por correo electrónico, dentro de las 24 horas siguientes, de la confirmación con copia en PDF de los textos aceptados, alcance, precio y fechas. El contrato se celebra en castellano. Antes de confirmar, el cliente puede revisar y corregir los datos introducidos y descargar los documentos. Finomo archiva el contrato y lo mantiene accesible al cliente en su cuenta. La aceptación de un contrato no acredita por sí misma que se haya realizado una presentación tributaria.

1.7 Registro de contratación. Finomo conserva un registro de cada contratación con la identificación del cliente, la fecha y hora, la dirección IP y el agente de usuario, la versión y la huella digital (hash) de los textos aceptados y el resultado de cada aceptación. Se registran por separado: la aceptación del contrato y del precio; la autorización de cobros recurrentes; la autorización de suplementos; el otorgamiento de poder; la aprobación de cada declaración; y la solicitud de inicio inmediato. Ninguna casilla única se interpreta como todas esas decisiones. El registro se conserva durante la vigencia del contrato y el plazo de prescripción de las acciones derivadas de él y se facilita al cliente a su solicitud.

2. Alcance de los servicios

2.1 Objeto. Finomo pone a disposición del cliente, mediante la suscripción, una plataforma de software que comprende: (a) el acceso para el registro de ingresos y gastos, la conservación de los documentos aportados y, únicamente cuando esté habilitada para la cuenta del cliente conforme a la cláusula 2.5, la emisión de facturas; (b) la preparación automática, a partir de los datos y documentos aportados por el cliente, conforme a las reglas codificadas en el software y con comprobaciones automáticas de coherencia, de los borradores de los modelos 130 y 303 aplicables al cliente, del modelo 349 conforme a la cláusula 2.3, del modelo 390 conforme a la cláusula 2.2 y, cuando el cliente practique retenciones, de los modelos 111 y 190 conforme a la cláusula 2.7, con la regla de la cláusula 2.2 para el modelo 190; (c) la transmisión a la AEAT de cada declaración aprobada por el cliente o, sin apoderamiento, la entrega del fichero para su presentación por el cliente, conforme a la cláusula 1.3; (d) las correcciones indicadas en la cláusula 5. Cada modelo se prepara cuando su generador está implementado en la plataforma y el modelo resulta aplicable al cliente según los datos que ha registrado; la plataforma muestra en cada momento qué modelos puede preparar y no promete generadores que aún no estén disponibles. Actualmente los generadores disponibles preparan los modelos 130, 303 y 349; los modelos 390, 111 y 190 forman parte del alcance contractual y se preparan cuando su generador esté implementado y resulten aplicables al cliente conforme a las cláusulas 2.2 y 2.7. No se presenta una declaración solo porque su modelo figure en la aplicación.

2.2 Modelos anuales 390 y 190. La preparación del borrador y la transmisión ordinaria del modelo 390 en enero están incluidas sin coste adicional únicamente cuando exista suscripción activa en enero, en la fecha de presentación, aunque la plataforma haya preparado todos los períodos del ejercicio anterior. La misma regla se aplica al modelo 190 cuando el cliente practique retenciones conforme a la cláusula 2.7. Si la suscripción termina el 31 de diciembre, el cliente debe contratar de nuevo para que la plataforma prepare en enero el modelo 390 y, en su caso, el 190. El proceso de cancelación advierte expresamente de esta condición. La plataforma aplica las reglas codificadas de exoneración de la presentación del modelo 390 según los datos registrados por el cliente y muestra su resultado antes del cierre del ejercicio. No se ofrece la preparación separada de los modelos 390 y 190 a clientes sin suscripción activa.

2.3 Modelo 349. La preparación de su borrador y su transmisión se incluyen en la suscripción sin coste adicional, con cualquier periodicidad legal aplicable. La plataforma determina la obligación según las operaciones registradas, el territorio IVA y el régimen del cliente, sin convertir un ROI pendiente en inexistencia de obligación. La periodicidad mensual es la regla general; la trimestral depende de los requisitos legales del período actual y de los cuatro anteriores. Las reglas codificadas aplican el umbral y su composición conforme a las instrucciones vigentes. La plataforma comprueba automáticamente los NIF-IVA en el sistema VIES cuando corresponda y la coherencia con el modelo 303; el resultado de esa comprobación no decide por sí solo la calificación fiscal de la operación. La inscripción en el ROI no está incluida. Para el período de julio del 349 mensual se aplica el calendario oficial especial; el límite documental interno es el 5 de agosto, con el traslado previsto en la cláusula 3.2.

2.4 Control de calidad del software. Antes de poner un borrador a disposición del cliente, Finomo puede verificar que el sistema funciona correctamente, es decir, que el cálculo sigue las reglas codificadas y los documentos cargados. Esta verificación es un control de calidad del software: no es una revisión de la situación tributaria del cliente ni de sus decisiones, no constituye asesoramiento, nunca modifica los datos del cliente y no se ofrece como servicio de revisión. Todo error detectado se corrige en el software. La verificación no se realiza a petición del cliente, no sustituye su revisión del borrador (cláusula 10.2) y no da lugar a comunicaciones individuales sobre sus datos. Finomo no consulta a profesionales externos sobre el caso de un cliente.

2.5 Sistema de facturación y VERI*FACTU. Cuando la emisión de facturas esté habilitada para la cuenta del cliente, la plataforma emite sus facturas mediante el sistema informático de facturación de Finomo en la modalidad VERI*FACTU. La emisión de facturas está actualmente cerrada para los clientes y se habilita para cada cuenta únicamente cuando la transmisión VERI*FACTU a la AEAT esté operativa para esa cuenta; hasta entonces el cliente puede preparar borradores de factura, pero la plataforma no emite ni numera ninguna factura definitiva. La remisión de registros de facturación a la AEAT es una actuación distinta de la presentación de modelos y requiere su propia habilitación: un apoderamiento específico para esa actuación o, cuando esté activado, el acuerdo de Finomo con la AEAT como desarrollador de sistemas de facturación (convenio tipo 17). Ni ese acuerdo ni la adhesión a la colaboración social otorgan permiso para presentar los modelos del cliente; cada trámite requiere su propio apoderamiento. La activación de la remisión, su fecha y su alcance se registran por separado en la cuenta del cliente; la aprobación individual de una declaración no se extiende a los registros de facturación. La factura electrónica estructurada entre empresas tiene requisitos y calendario propios; no se contratan funciones que la plataforma no tenga disponibles.

2.6 Exclusiones. No forman parte de la suscripción: (a) el alta o la baja del cliente como empresario o profesional ante la AEAT o la Seguridad Social, incluida la inscripción en el ROI; el uso preparatorio del producto antes de iniciar una actividad no incluye gestionar su alta; (b) la redacción o presentación de contestaciones a requerimientos, alegaciones, recursos o reclamaciones, y la defensa del cliente en cualquier procedimiento; (c) actuaciones fuera del alcance aceptado; las correcciones de declaraciones anteriores sí están incluidas conforme a la cláusula 5; (d) el asesoramiento fiscal, contable, jurídico o sobre cualquier otra materia; (e) la declaración del IRPF (modelo 100) del cliente o de cualquier otra persona; (f) la recepción, el seguimiento y la atención de las notificaciones y comunicaciones de la AEAT dirigidas al cliente, que este recibe y atiende directamente; (g) los regímenes especiales de ventas a consumidores finales de otros Estados miembros (ventanilla única OSS); (h) las integraciones o módulos anunciados como futuros y, conforme a la cláusula 2.7, la gestión de personal asalariado, las retenciones sobre rendimientos del trabajo y el modelo 115. Cuando sea necesaria una actuación excluida, el cliente elige, contrata y paga al profesional de su elección. Los impuestos, intereses, recargos, sanciones y honorarios de terceros no son el precio del servicio de Finomo.

2.7 Funciones futuras y alcance actual. Las integraciones o módulos anunciados como futuros, incluidas las aplicaciones con certificado propio del cliente de la cláusula 1.3, no se entienden contratados ni disponibles. En su configuración actual, los generadores disponibles en la plataforma preparan los modelos 130, 303 y 349; los generadores de los modelos 390, 111 y 190 se incorporan cuando estén implementados, y la plataforma muestra únicamente los que puede preparar. Cuando esté implementado su generador, la plataforma prepara los modelos 111 y 190 únicamente por las retenciones practicadas por el cliente sobre facturas recibidas de profesionales y registradas en ella; no comprende la gestión de personal asalariado, las retenciones sobre rendimientos del trabajo ni el modelo 115. Actualmente, el servicio se presta únicamente a clientes de territorio común, salvo Canarias, Ceuta y Melilla: no se atiende a clientes cuyo territorio fiscal sea Canarias, Ceuta, Melilla, el País Vasco o Navarra. La plataforma lo indica durante el registro, antes de que el cliente complete sus demás datos y antes de cualquier pago, y en esos casos no admite la contratación. No se prometen funciones que la plataforma no tenga disponibles.

3. Documentación y preparación del período

3.1 Información del cliente y avisos automáticos. El cliente aporta información veraz, suficiente y actualizada, comunica los cambios que afecten al servicio y decide los datos y opciones que se consignan en cada declaración. El borrador se calcula únicamente con los datos y documentos registrados en la plataforma; las operaciones no registradas en ella no se incluyen. Si las comprobaciones automáticas detectan información que falta, información contradictoria o un bloqueo, la plataforma lo advierte por escrito antes de la aprobación del borrador, con una explicación general de la regla aplicada. Estos avisos se generan con reglas iguales para todos los clientes; no constituyen asesoramiento ni indican qué datos debe consignar el cliente en su caso. Los datos desconocidos no se convierten automáticamente en importes cero ni en una declaración sin actividad. Finomo no transmite declaraciones con datos que sepa falsos.

3.2 Calendario ordinario. Para las declaraciones periódicas de los modelos 130, 303 y 349 y, cuando el cliente practique retenciones, del modelo 111, la fecha de preparación de la información es el día 3 y se establece como límite interno el día 5 del mes de presentación de cada período. Si el día 5 no es laborable según el calendario de Alicante, el límite se traslada al siguiente día laborable. Se admite documentación sin suplemento por retraso hasta el final de ese día, en la zona Europe/Madrid; el apartado C de la hoja concreta el cómputo. En el modelo 349 de periodicidad mensual, el límite interno se aplica al mes de presentación de cada período mensual. El traslado no modifica por sí mismo los plazos oficiales de presentación o domiciliación. El cliente puede marcar sus datos como preparados antes de esa fecha; la marca inicia la preparación del borrador, no es una aprobación de la declaración ni garantiza la corrección fiscal de los datos. Estas fechas son reglas contractuales. El recordatorio automático de la fecha de preparación, la marca de datos preparados, el aviso automático de carga tardía y el cobro automático del suplemento no están implementados hoy en la plataforma; las reglas de esta cláusula y de la cláusula 7.5 se aplican igualmente y se ejecutarán en la plataforma cuando el flujo de documentación tardía esté operativo. Mientras la marca no esté disponible, el cliente comunica por escrito, por los canales de la cláusula 3.5, que la documentación del período está completa.

3.3 Puesta a disposición del borrador y transmisión. La plataforma pone el borrador a disposición del cliente hasta el final del siguiente día laborable posterior a la fecha en que el cliente marque «todos los datos preparados», con independencia de la hora de esa marca o, mientras la marca no esté disponible en la plataforma, comunique por escrito conforme a la cláusula 3.2 que la documentación del período está completa. Tras la aprobación del cliente, Finomo transmite la versión aprobada, siempre que exista apoderamiento inscrito y suficiente, se haya completado la comprobación de la cláusula 6.1 y estén abiertos un canal y un plazo oficiales; sin apoderamiento, el fichero para la presentación por el cliente se facilita tras la aprobación. Son días laborables de lunes a viernes, salvo los festivos nacionales, de la Comunitat Valenciana y locales del municipio de Alicante aplicables al año correspondiente, en Europe/Madrid. Si falta información, la plataforma indica qué información falta y su efecto en la fecha prevista; una vez recibida toda la información pendiente, el plazo de puesta a disposición se cuenta de nuevo hasta el final del siguiente día laborable posterior a la fecha de recepción completa. La entrega parcial no inicia ese nuevo plazo. Las fechas internas no sustituyen los plazos tributarios ni los plazos específicos de domiciliación. El cliente conoce que la aportación tardía puede impedir la presentación en plazo o la domiciliación del pago y que los recargos, intereses y sanciones derivados de una presentación extemporánea son a su cargo, sin perjuicio de la cláusula 10.

3.4 Documentación tardía. Los documentos del período recibidos después del límite interno se tratan conforme al suplemento de la cláusula 7.5 y al apartado D de la hoja. Abonarlo no garantiza por sí solo poder presentar dentro del plazo oficial. Las declaraciones anuales y las correcciones tienen calendario propio; no se les aplica automáticamente el día 5.

3.5 Canales y soporte. Los canales de trabajo son el área de cliente y el correo designado. Los datos y documentos solo se incorporan al cálculo cuando el cliente los carga o registra en el área de cliente; la plataforma registra su recepción y los vincula al cliente y al período. Finomo no introduce, clasifica ni confirma datos por cuenta del cliente ni incorpora al cálculo documentos recibidos por correo. Los mensajeros, si se utilizan, se reservan al soporte técnico; no son un canal de aprobación tributaria ni de aportación de expedientes. El soporte explica el funcionamiento de la plataforma y no indica qué datos consignar en un caso concreto.

4. Aprobación, representación y resultado

4.1 Aprobación de cada declaración. Ninguna declaración ni corrección se transmite, ni se facilita su fichero de presentación, sin la aprobación expresa e individual del cliente sobre el borrador definitivo; esa aprobación es la orden de transmisión o, sin apoderamiento, la condición para facilitar el fichero conforme a la cláusula 1.3. La aprobación se realiza en la plataforma; muestra el cliente, modelo, ejercicio, período, contenido, resultado y modalidad de pago o devolución, y queda registrada con fecha, hora, dirección IP y huella digital del borrador aprobado. Finomo transmite exactamente la versión aprobada, sin alterarla; un cambio en el contenido aprobado requiere nueva aprobación. El cliente puede retirar la aprobación hasta el momento en que se inicie la transmisión. Un aviso automático puede registrarse y mostrarse con su explicación general, pero la aceptación del cliente no permite la transmisión ni la entrega del fichero si las comprobaciones automáticas indican que faltan datos sustanciales para completar la declaración. Los avisos residuales compatibles con una declaración completa se documentan sin trasladar al cliente los errores propios de Finomo. La suscripción, el silencio, la marca de datos preparados y la existencia de un poder no sustituyen esta decisión del cliente.

4.2 Representación. Para la transmisión por Finomo, el cliente otorga e inscribe la representación necesaria para los trámites de presentación conforme al anexo 1. Finomo comprueba su alcance, vigencia y estado, así como la identidad del poderdante conforme a la cláusula 6.1, antes de actuar. Este contrato no sustituye el registro del poder cuando el canal lo requiera. La revocación o limitación impide utilizar facultades que ya no estén disponibles; en ese caso, la plataforma facilita el fichero para la presentación por el cliente conforme a la cláusula 1.3.

4.3 Resultado. Se conservan la versión aprobada, la evidencia de aprobación, el medio de representación y el resultado oficial. La transmisión realizada por Finomo con representación vigente y aprobación registrada produce los efectos de una presentación del cliente; el justificante con código seguro de verificación (CSV) se pone a disposición del cliente en la plataforma. La presentación que el cliente realiza con el fichero facilitado es un acto propio del cliente. Un borrador, simulación o archivo generado no se identifica como presentación aceptada. Ante un resultado incierto se comprueba su estado antes de repetir la operación.

4.4 Fondos del cliente. Finomo solo percibe el precio de sus servicios. No recibe por cuenta del cliente su facturación, dinero para impuestos ni devoluciones tributarias. Una presentación, su pago y una devolución son hechos distintos. Cualquier actuación de domiciliación requiere instrucciones y facultades específicas.

5. Historia y correcciones

5.1 Historia. La incorporación de historia permite diferenciar «modelos y justificantes» de «modelos, facturas y gastos». Se documentan la fecha de corte, períodos, procedencia, documentos recibidos, limitaciones conocidas y valores utilizados en cálculos posteriores. La fecha de importación no reemplaza la fecha del hecho histórico. Importar una declaración no significa que Finomo la hubiera presentado ni que la plataforma la haya comprobado íntegramente; la presentación de una declaración anterior se acredita mediante su justificante con CSV, no mediante la carga de un archivo.

5.2 Correcciones incluidas. La preparación de las correcciones de declaraciones de los modelos de la cláusula 2.1, incluidas las de declaraciones anteriores a la contratación, y su transmisión conforme a la cláusula 1.3 están incluidas en la suscripción. La corrección se prepara con el modelo, ejercicio, motivo y antecedentes que registra el cliente, y se conservan la nueva aprobación y el justificante. Cada corrección tiene su propio calendario, comunicado al abrirla.

5.3 Vía de corrección. La plataforma prepara cada corrección por la vía que resulta de las reglas codificadas para el modelo y el período (autoliquidación rectificativa, declaración complementaria o solicitud de rectificación) según los datos que registra el cliente, y muestra antes de la aprobación la vía aplicada y una explicación general de los efectos que la normativa le asocia, como recargos e intereses. Esta información no constituye asesoramiento sobre el caso concreto. Contestar requerimientos, formular alegaciones o interponer recursos no forma parte del servicio (cláusula 2.6).

5.4 Migración. La ausencia de facturas en una migración de solo modelos no permite inventar gastos o deducciones. Los documentos del archivo histórico acordado para la migración inicial a Finomo no generan el suplemento de 5 euros por retraso, incluso si se aportan después del día 5. Los documentos corrientes que quedan fuera de ese archivo se sujetan a los plazos y excepciones ordinarios. La plataforma identifica el alcance, los períodos y la fecha de corte de la migración al configurarla; utilizar una función de importación no convierte por sí solo un documento corriente en parte del archivo histórico acordado.

6. Identificación del poderdante

6.1 Comprobación de identidad del poderdante. Para la inscripción y el uso del apoderamiento de la cláusula 1.3, el cliente carga en la plataforma una copia de su documento de identidad (DNI, NIE o TIE) y Finomo comprueba con ella que el titular de la cuenta es el poderdante. Mientras la comprobación no se complete, Finomo no utiliza el apoderamiento y la plataforma facilita el fichero para la presentación por el cliente. El pago por tarjeta o enlace no sustituye esta comprobación. Finomo conserva la copia del documento y el resultado de la comprobación durante la vigencia del contrato y cinco años después de su terminación, con acceso restringido, y los utiliza solo para esta finalidad. No se solicitan al cliente declaraciones sobre el origen de sus fondos ni sobre cargos públicos, ni se realizan comprobaciones distintas de la identidad del poderdante.

7. Precio, facturación y cobro

7.1 Precio. La suscripción tiene un precio único: 25 € al mes o 250 € por doce meses completos, IVA incluido; el precio de doce meses equivale a 10 cuotas mensuales. No existen otros planes. La suscripción incluye hasta 500 reconocimientos OCR de documentos por mes en la modalidad mensual y hasta 6000 por período anual en la modalidad anual, así como hasta 5 GB de almacenamiento de documentos. Cuando proceda legalmente practicar retención del IRPF sobre las facturas de Finomo, la factura la identifica y el importe a pagar a Finomo es el precio minorado en esa retención.

7.2 Primer período y promociones. La suscripción de pago comienza desde la activación, sin período de prueba gratuito estándar. Una promoción expresamente identificada en el proceso de contratación puede modificar las condiciones iniciales; antes de contratar se comunican su duración, precio y transición al precio ordinario. La primera mensualidad se prorratea por los días restantes del mes de activación, incluido el día de activación, en Europe/Madrid: M × R / D, donde M es la cuota mensual, D los días reales del mes y R los días restantes. El primer período anual comprende ese resto de mes más once meses completos, al precio anual prorrateado: A × (R / D + 11) / 12, donde A es el precio anual (250 €). El apartado B de la hoja detalla el cómputo; el importe inicial, la fecha de fin y la renovación posterior de cada pedido se muestran antes de contratar. No se presentan como doce meses completos los períodos iniciales más cortos.

7.3 Renovación. La mensual se renueva el día 1; la anual, el día 1 posterior al último mes cubierto, por doce meses completos. Se respetan la autorización vigente y la cancelación. La fecha y el importe de la próxima renovación constan en la cuenta del cliente. Finomo comunica la renovación anual, con su importe, el mismo día del cobro, el día 1.

7.4 Cambios. Finomo comunica cualquier modificación del precio o de las condiciones con al menos tres meses de antelación a su efectividad, identificando la nueva versión, su alcance y sus efectos, y el cliente que no la acepte puede resolver el contrato. En la modalidad anual, un nuevo precio se aplica a partir de la primera renovación que tenga lugar transcurridos al menos tres meses desde la comunicación; el período anual en curso conserva su precio. Si el cliente resuelve el contrato por una modificación de condiciones distinta del precio durante un período anual ya pagado, el tratamiento del importe correspondiente a la parte no disfrutada se determina conforme a la normativa imperativa aplicable; estas condiciones no fijan una regla que reduzca los derechos legales del cliente. Los servicios ya aceptados y las normas imperativas se respetan en todo caso.

7.5 Suplemento por documentación tardía. Cada documento del período aportado después del límite interno da lugar a un suplemento de 5 euros, IVA incluido, que se devenga cuando el documento se trata en la plataforma, y no cuando se acepta la unidad. Se entiende por documento cada factura, factura simplificada o justificante que refleje una operación distinta, con independencia del número de páginas o de que varios documentos se aporten en un mismo archivo: una factura de cinco páginas cuenta como una unidad y un archivo con tres facturas distintas como tres unidades. Cuando el flujo de documentación tardía esté operativo, al cargar un documento fuera de plazo la plataforma advierte del suplemento antes de confirmar la carga; la confirmación supone la aceptación del suplemento concreto, y antes de que la plataforma incorpore los documentos al cálculo se presenta el listado de documentos y el total. Ese aviso automático no está implementado hoy; mientras no lo esté, Finomo comunica por escrito al cliente, antes de facturar, el listado de documentos y el total, y la confirmación escrita del cliente equivale a la aceptación. No devengan suplemento: (a) los duplicados; (b) la versión corregida de un documento ya registrado, que lo sustituye sin reflejar una operación nueva; (c) los justificantes de pago y las aclaraciones que complementen un documento ya registrado sin corresponder a una nueva operación; (d) los archivos de migración histórica expresamente acordados; (e) los documentos cuya aportación tardía se deba a error de Finomo; (f) los supuestos de fuerza mayor. Un documento nuevo independiente se evalúa conforme a las reglas ordinarias. La expedición o entrega tardía por el proveedor no elimina por sí sola el suplemento. No existe una exención automática por aportarlo en los tres días siguientes. Se registra la causa y la decisión. Este suplemento no se aplica al ejercicio de derechos sobre datos personales y su pago no garantiza la presentación en plazo. Hoy ese aviso automático y el cobro automático del suplemento no están implantados; el suplemento sigue siendo la regla contractual.

Se considera fuerza mayor un hecho ajeno al control razonable de la parte afectada que no pudo preverse o que, previsto, resultó inevitable y que impidió objetivamente aportar el documento a tiempo. El listado de ejemplos es abierto: enfermedad grave u hospitalización, catástrofe o interrupción generalizada de servicios esenciales o del canal oficial, cuando exista relación acreditada con el retraso. Se admiten pruebas proporcionadas a cada caso. La carga ordinaria de trabajo, la falta de organización o la demora habitual del proveedor no bastan por sí solas; tampoco se excluye una fuerza mayor probada por el mero hecho de intervenir un tercero.

7.6 Facturación de suplementos y vencimiento. Para la documentación periódica de la actividad cubierta por este suplemento, la factura se emite el día 1 del mes siguiente a aquel en que se trataron los documentos, también en la modalidad anual o con la suscripción cancelada; una unidad aceptada en un mes y tratada en el siguiente se factura con las del mes en que se trató. Identifica unidades, período e importe; no renueva la suscripción. Se paga en quince días naturales desde el día siguiente a la emisión, trasladando el último día no laborable al siguiente laborable del calendario de Alicante, con fecha exacta en la factura. Las correcciones y los documentos ajenos a ese período no reciben automáticamente este suplemento; tienen calendario propio, comunicado al abrirlos.

7.7 Medios y autorización. Se prevén tarjeta con autorización específica y enlace de pago, a través del proveedor de servicios de pago Stripe. No se incorpora adeudo SEPA. Guardar una tarjeta o contratar la suscripción no autoriza suplementos; estos exigen el consentimiento correspondiente a unidades e importe. Las cuotas de la suscripción se cobran por los importes y en las fechas indicados en el proceso de contratación y en cada factura. Cuando la función de cargo automático de suplementos esté disponible, los cargos automáticos se pre-notifican al cliente con una semana de antelación: la factura de suplementos se emite el día 1 (cláusula 7.6) y el primer intento de cargo se realiza el día 8 del mismo mes; los intentos posteriores siguen la cláusula 7.8. El cobro automático de suplementos no está implementado hoy; mientras no lo esté, no se realiza ningún cargo automático por suplementos y las facturas de suplementos se pagan por enlace en el plazo de la cláusula 7.6.

7.8 Intentos, pausas y límite. Los intentos posteriores se realizan cada tres días naturales dentro del plazo de pago. Antes de repetir se concilian pagos y resultados inciertos; mientras el cliente tenga abierta una sesión de pago por enlace, no se inicia un cargo por el mismo importe. Un pago por cualquier vía cancela los intentos pendientes de la misma deuda. Agotado el plazo efectivo de pago, incluido su traslado por días no laborables, los intentos se pausan hasta el día 1 del mes siguiente. Su reanudación exige saldo pendiente, autorización vigente y aviso previo de tres días naturales, calculados en Europe/Madrid, que identifica la fecha, el importe pendiente y un enlace para pagar por cuenta propia. Este aviso es independiente de la pre-notificación de una semana de la cláusula 7.7. El horizonte máximo de los intentos automáticos comprende el mes inicial y dos ciclos mensuales adicionales, con las pausas acordadas; después el saldo pasa a revisión manual y el pago posterior se coordina por enlace, sin nuevas órdenes automáticas. No se emite otra factura por los mismos documentos ni se añaden penalizaciones no acordadas. Se envían avisos al emitir la factura, tras un intento de cobro fallido confirmado y antes de reanudar los cargos; un resultado pendiente o incierto no se comunica como fallo confirmado. Ninguna cantidad se cobra dos veces; los cargos duplicados se devuelven de oficio en cinco días laborables desde su detección.

7.9 Retirada de la autorización y detención. El cliente puede retirar la autorización de cargo en cualquier momento desde su cuenta o por correo electrónico; la retirada detiene los cargos no enviados y no afecta a las operaciones ya iniciadas ni a los importes ya facturados, que siguen siendo exigibles y pueden abonarse por enlace. La autorización se limita a los importes facturados conforme a estas condiciones; la existencia de una deuda no amplía su alcance. Finomo puede detener antes los intentos automáticos y comunicar al cliente el estado de la factura y las opciones de pago por el área de cliente y correo electrónico durante todo el proceso; la detención no extingue la deuda ni revierte una operación ya enviada al proveedor.

7.10 Impago. Una pausa de intentos de cobro no suspende por sí misma el servicio. Si un importe facturado sigue impagado un mes después del fin de su plazo efectivo de pago, el servicio se suspende y Finomo lo comunica al cliente en el momento de la suspensión. Para los suplementos rige el plazo de la cláusula 7.6; para las cuotas de la suscripción, el plazo de pago y la fecha de referencia constan en la factura correspondiente. Durante la suspensión, la plataforma no prepara nuevas declaraciones y Finomo no las transmite; las declaraciones ya aprobadas por el cliente se transmiten o, sin apoderamiento, se facilita su fichero conforme a la cláusula 1.3, y se comunican al cliente los plazos oficiales conocidos. Agotados los ciclos de cobro de la cláusula 7.8 y tras la revisión manual del saldo, Finomo comunica por escrito la resolución del contrato con una fecha concreta. La deuda no condiciona la consulta y descarga dentro del plazo del archivo ni los derechos de datos. Los intereses, gastos de reclamación y consecuencias imperativas se examinan por su ámbito real, sin añadir penalizaciones automáticas no aceptadas.

8. Cancelación, desistimiento y derechos legales

8.1 Cancelación. El cliente puede cancelar la renovación desde su cuenta, de forma tan sencilla como contrató, o comunicarlo a support@finomo.es. Finomo confirma la fecha de fin del período pagado y la desactivación de la siguiente renovación. La cancelación ordinaria mantiene el servicio hasta esa fecha y no genera por sí sola devolución del período pendiente, salvo en los supuestos de las cláusulas 7.4 y 10 o cuando una norma imperativa disponga otra cosa. Tras el fin del período, el cliente conserva el acceso de consulta y descarga conforme a la cláusula 9.3.

8.2 Garantías. Se preservan los derechos imperativos de desistimiento, resolución, devolución y responsabilidad. Ninguna cláusula de estas condiciones se interpreta como renuncia a ellos.

8.3 Inicio inmediato. El cliente solicita expresamente que la prestación comience desde la activación, sin esperar al transcurso de plazo alguno de desistimiento. La solicitud se registra como acto separado y, cuando al cliente le corresponda legalmente el derecho de desistimiento, produce los efectos previstos en la cláusula 8.4.

8.4 Desistimiento legal. Cuando al cliente le corresponda legalmente el derecho de desistimiento, dispone de catorce días naturales desde la celebración del contrato para ejercerlo mediante cualquier declaración inequívoca dirigida a support@finomo.es o al domicilio del prestador. Se respetan la ampliación legal por falta de información y las demás reglas imperativas. Si solicitó válidamente el inicio inmediato, fue informado y desiste, solo procede el importe proporcional a la parte del servicio efectivamente prestada hasta la comunicación del desistimiento. Sin los requisitos legales para exigir ese importe, no se cobra por una simple apertura de cuenta o recepción documental. El reembolso se tramita por el mismo medio de pago, sin demora indebida y, a más tardar, dentro de los catorce días naturales siguientes a la fecha en que Finomo sea informado del desistimiento. La pérdida del derecho requiere ejecución completa, consentimiento previo expreso y reconocimiento informado, con prueba separada. El anexo 5 contiene la información y el formulario de desistimiento.

8.5 Finalidad del contrato y derechos imperativos. La finalidad real del contrato, y no la mera disposición de un NIF de empresario o profesional, determina la aplicación de las normas imperativas de protección de los consumidores. Ninguna denominación de estas condiciones excluye los derechos que legalmente correspondan; la cancelación comercial se rige por la cláusula 8.1.

9. Fin del servicio y continuidad

9.1 Inventario previo al cese. Antes del cese se identifican las declaraciones y correcciones pendientes y sus fechas conocidas, incluidas las aprobadas pendientes de transmisión. La cancelación de renovación no interrumpe por sí sola los servicios durante el período pagado. Si un incidente impide continuar, Finomo informa al cliente y facilita la documentación necesaria para que el cliente organice la presentación de las declaraciones pendientes.

9.2 Modelos 390 y 190 pendientes. Si la suscripción finaliza antes de la presentación de enero, Finomo informa de que no se prepararán ni transmitirán sin nueva suscripción activa el modelo 390 ni, cuando el cliente practique retenciones, el modelo 190, y facilita los datos para que el cliente organice su presentación. La existencia de esos modelos pendientes no autoriza a renovar ni a cobrar automáticamente una suscripción cancelada.

9.3 Archivo tras el cierre. Tras finalizar efectivamente la prestación, el cliente conserva gratuitamente la consulta y descarga de su expediente disponible durante seis meses naturales si no consta la recepción completa del archivo. Cuando quede acreditada la primera descarga completa tras el cierre, el acceso termina tres meses naturales después, aunque la fecha sea posterior al límite inicial de seis meses. Finomo comunica la fecha concreta de fin de acceso y supresión prevista, y la actualiza al verificarse la descarga. Las descargas posteriores no reinician el plazo; una entrega incompleta o defectuosa imputable a Finomo debe corregirse y no acorta el derecho de acceso. Un clic, una exportación parcial o una transmisión fallida no acreditan la recepción completa. Al cierre se envía un aviso inicial. Después se remiten recordatorios cada catorce días durante los tres primeros meses desde el cierre y cada siete días después. Durante el último mes natural anterior a la fecha efectiva de supresión prevista se remiten cada tres días, con preferencia sobre la frecuencia anterior. Todos los correos de este ciclo indican la fecha concreta; la información también está disponible en Finomo. Tras la descarga completa se comunica la nueva fecha y se adapta el texto de los recordatorios. El cierre se produce al finalizar realmente la prestación; cancelar la renovación no anticipa el cierre. Se calculan meses naturales en Europe/Madrid, ajustando al último día del mes cuando proceda, y el acceso dura hasta el final del día comunicado. El ZIP temporal caduca a los siete días, pero puede regenerarse mientras esté abierto el acceso. No se exige pagar una deuda, renovar la suscripción ni revocar un poder para consultar, descargar o ejercer derechos de protección de datos. Al finalizar el acceso, se suprimen los datos que ya no deban conservarse. Las evidencias necesarias por una obligación aplicable o para atender responsabilidades se separan por categoría, finalidad, acceso y plazo documentados, con restricción y, cuando corresponda, bloqueo. No se conserva indiscriminadamente todo el expediente. Las copias de seguridad siguen su ciclo específico y una restauración reaplica supresiones y restricciones antes de volver a habilitar datos. El plazo del archivo no sustituye los plazos legales de conservación, que se detallan en la Política de privacidad.

9.4 Poderes al cesar. Al cesar el servicio se identifica el inventario de declaraciones pendientes, fechas conocidas, instrucciones que terminan y poderes que dejan de ser necesarios. Se desactiva el uso ordinario de facultades fuera del encargo. Finomo solicita al cliente revocar los poderes que ya no sean necesarios y comprueba el resultado por fuente oficial; una solicitud no acredita revocación. Si tras el cierre el apoderamiento a favor de Finomo sigue vigente, la plataforma se lo recuerda periódicamente al cliente y le ofrece elegir entre revocarlo o continuar con el servicio. El silencio del cliente no se interpreta como consentimiento ni como revocación, y Finomo no revoca el poder por cuenta del cliente. Finomo puede renunciar al apoderamiento conforme a los requisitos oficiales aplicables, comunicándolo previamente al cliente y sin dejar sin atender declaraciones ya aprobadas. El poder no renueva la suscripción y su vigencia no prolonga por sí sola el archivo. Los derechos y actuaciones ya producidos se preservan.

10. Diligencia, responsabilidad y seguro

10.1 Diligencia. Finomo presta el servicio con la diligencia exigible a un prestador de software tributario y de transmisión de declaraciones: mantiene las reglas codificadas en la plataforma conforme a la normativa aplicable a cada ejercicio y período y a los criterios administrativos vigentes, y transmite sin alteración la versión aprobada. La aprobación del cliente no elimina la responsabilidad de Finomo por errores propios del software, de cálculo, de transmisión o de ejecución.

10.2 Obligaciones del cliente. El cliente aporta documentación veraz y completa dentro de los plazos de la cláusula 3, decide los datos y opciones de cada declaración, revisa los borradores antes de aprobarlos, atiende los avisos de la plataforma, mantiene actualizados sus datos de contacto y de pago y conserva sus propios ejemplares de la documentación durante los plazos legales. Esa obligación no exime a Finomo de mostrar los avisos que generen las comprobaciones automáticas.

10.3 Garantía de corrección. Si una declaración preparada por la plataforma contiene un error imputable a Finomo, en particular de las reglas codificadas, del cálculo o de la transmisión, Finomo corrige el software y pone a disposición del cliente la corrección sin coste adicional en cuanto el error sea conocido; con apoderamiento, la transmite tras la aprobación del cliente y, sin él, la plataforma facilita su fichero conforme a la cláusula 1.3. Esta garantía es independiente de la responsabilidad por daños.

10.4 Responsabilidad. Finomo responde, conforme a la legislación aplicable, de los daños causados por los incumplimientos que le sean imputables. Estas condiciones no establecen un límite contractual cuantitativo de responsabilidad, una exclusión automática de lucro cesante o daños indirectos ni una renuncia a derechos imperativos.

10.5 Supuestos no imputables. Finomo no responde de los daños derivados de: (a) datos o documentos incompletos, inexactos o tardíos aportados por el cliente, cuando la plataforma haya advertido de ello conforme a la cláusula 3.1 o cuando la inexactitud no fuera detectable por las comprobaciones automáticas que exige la diligencia de la cláusula 10.1; (b) actuaciones originales de terceros que no sean imputables a Finomo, sin excluir la responsabilidad de Finomo por la corrección incluida que haya asumido; (c) la indisponibilidad de la sede electrónica de la AEAT o del proveedor de pagos, siempre que Finomo acredite haber intentado la actuación en plazo y haber avisado al cliente; (d) fuerza mayor conforme a la cláusula 7.5. Estas exclusiones no constituyen una exoneración general y se interpretan restrictivamente. Ante una incidencia se documentan causa, actuaciones, consecuencias y medidas de corrección; los importes tributarios y sus accesorios se examinan según su naturaleza, causalidad y responsabilidad, sin asignarlos automáticamente a una parte.

10.6 Seguro. Finomo no tiene contratada actualmente una póliza de responsabilidad civil profesional; su contratación está prevista inmediatamente después del lanzamiento comercial del servicio. Hasta entonces, Finomo atiende con sus propios medios la responsabilidad de la cláusula 10.4. No se promete cobertura, entidad ni capital asegurado; la póliza, cuando exista, no sustituye ni limita la responsabilidad aplicable.

11. Confidencialidad y protección de datos

11.1 Confidencialidad. El acceso corresponde a las personas autorizadas y a fines documentados. Finomo no consulta a profesionales externos sobre el caso de un cliente ni les comunica sus datos con ese fin. Los destinatarios y proveedores que intervienen en el tratamiento se identifican en la Política de privacidad y en el Acuerdo de encargo del tratamiento.

11.2 Roles. Finomo actúa como responsable del tratamiento respecto de los datos de identificación del cliente, incluidos los de la comprobación de la cláusula 6.1, y de los de contratación, facturación, cobro y seguridad. Finomo actúa como encargado del tratamiento respecto de los datos de terceros incluidos en las facturas, libros y documentos del cliente y de la preparación automática de las declaraciones relativas a su actividad y de su transmisión a la AEAT o de la entrega del fichero para su presentación por el cliente, conforme al Acuerdo de encargo del tratamiento. La aprobación de una declaración y el apoderamiento no alteran esta calificación.

11.3 Derechos. Los derechos sobre datos personales pueden ejercerse en gdpr@finomo.es o desde el procedimiento habilitado en el producto, sin necesidad de suscripción activa ni de pago de una deuda.

12. Versiones, traducciones, reclamaciones y jurisdicción

12.1 Versiones. Cada versión de estas condiciones se identifica con su edición y fecha y se conserva su antecedente. La aceptación del cliente queda registrada de forma inmutable con la huella digital del texto aceptado; una versión posterior no sustituye ese registro. Toda nueva contratación requiere la aceptación de la versión vigente en ese momento. Los cambios de precio o de condiciones durante la vigencia del contrato se rigen por la cláusula 7.4.

12.2 Traducciones. El contrato se celebra en castellano, que es la versión auténtica. Finomo pone a disposición traducciones informativas al ruso, inglés y ucraniano, identificadas con la versión, la fecha y el enlace del texto español al que corresponden. En caso de discrepancia prevalece la versión española. Las traducciones no añaden ni suprimen derechos u obligaciones. La cuenta del cliente identifica el idioma y las versiones efectivamente entregadas.

12.3 Reclamaciones. Se reciben en support@finomo.es y en el domicilio del prestador; se registra la recepción, el seguimiento y la respuesta motivada dentro del plazo aplicable. Se proporcionan las hojas oficiales de reclamaciones cuando correspondan.

12.4 Ley y competencia. Derecho español y normas imperativas aplicables. La competencia judicial se determina conforme a las reglas del caso, incluidas las de protección del consumidor cuando procedan. La residencia fiscal no sustituye el domicilio relevante. No se impone arbitraje ni una sumisión a Alicante que prive de un fuero imperativo.

Documentos operativos del expediente

El encargo de representación (anexo 1), la aprobación de cada declaración (anexo 2), las comunicaciones de cierre y archivo (anexo 3), la identificación del poderdante (anexo 4), la información de desistimiento (anexo 5), la Política de privacidad, la Política de cookies y el Acuerdo de encargo del tratamiento concretan el alcance y los hechos de cada expediente. Sus versiones aplicables se identifican en la cuenta del cliente y sus copias se entregan con la confirmación de la contratación. La salida y la eventual renuncia al poder se organizan conforme a la cláusula 9.4; un correo ordinario no equivale por sí solo a una baja registral ante la AEAT.

Datos del prestador

Evgenii Ustinov · NIF Z2074293C
Juan Caturla Gosalvez 2, Alicante

Contacto: support@finomo.es

Datos personales: gdpr@finomo.es

Expediente contractual

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